El Tribunal Supremo ha aumentado la condena a los dos exfutbolistas del caso Arandina hasta los 9 años. La sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León les condenaba 3 y 4 años, lo que supone un aumento debido a que se retiran los atenuantes de cercanía de edad y de madurez.
La Fiscalía pedía eliminar eso atenuantes, lo que suponía un aumento hasta los 10 años de condena. Pero con la aplicación de la ley del 'solo sí es sí’, se rebaja a 9 años.
“La elevación [de la pena] no es conforme a la antigua normativa, sino a la actual, y no es tan alta como con la aplicación del antiguo Código Penal”, ha explicado el profesor de Derecho Constitucional Gerardo Pérez.
Uno de los magistrados del Tribunal Supremo ha emitido un voto particular, ya que entiende que debe mantenerse la “atenuante analógica” en la sentencia.
Gerardo Pérez ha explicado que en el Código Penal se contemplan diversos atenuantes, como confesar el crimen antes de que se inicie la investigación, reparar los daños a la víctima o actuar bajo la influencia de las drogas o las bebidas alcohólicas, entre otros. “Una atenuante analógica es que no se da ningún atenuante que recoge el Código Penal, pero sí una muy parecida, que a juicio del magistrado debe aplicarse igual”.