'Cuatro al día' ha tenido acceso al borrador de la reforma de la reforma laboral (valga la redundancia) con la que el Gobierno pretende simplificar los tipos de contratos que existen en España. Tal y como ha explicado a Javier Ruiz, con esta nueva redacción, sólo van a existir tres tipos de contratos en España: los fijos, los temporales y los de formación.
Los contratos temporales deberán durar seis meses y se podrán prorrogar otros seis meses más, pero ése es límite. A partir de ahí, para que el trabajador siga adelante con su labor, tendrá que pasar a ser un empleado fijo de la plantilla de la empresa. En el caso de los contratos temporales en los que se hayan cumplido 24 de los 30 meses estipulados, el trabajador pasará a ser fijo automáticamente.
Lo que se pretende, funadamentalmente, con este borrador es eliminar de la oferta los contratos por obra y servicio, aquellos que se pueden eternizar en el tiempo sin que nunca lleguen a convertir en empleos fijos, que dejarán de existir.
Los que sí permanecerán son los contratos fijos- discontinuos, como es el caso, por ejemplo, de los temporeros, a los que se llama siempre que comienza la recogida de la siembra.