Un magistrado, sobre la amenaza de detención del juez Peinado a Begoña Gómez: "Es un error, la ley es clara"

El juez Peinado amenaza a Begoña Gómez con detenerla si no acude a la declaración del testigo Carlos Barrabés el próximo lunes. Para conocer si esta advertencia del letrado era necesaria y si es normal que un juez se dirija así a una investigada, 'Todo es mentira' conectaba con Ignacio González Vega, magistrado de 'Jueces para la democracia'.

En primer lugar, respecto a la advertencia del juez, Ignacio González Vega explicaba: "El artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que regula esto dice que la investigada no está obligada a comparecer, sino que simplemente tiene derecho a hacerlo para garantizar el principio de contradicción. Pero si no comparece, se puede celebrar de todas maneras la diligencia judicial".

En segundo lugar, Marta Flich señalaba, si esto entonces ha sido una mala interpretación de la ley por parte del juez Peinado, el magistrado afirmaba: "Probablemente ha incurrido en un error, ya que la ley es clara al respecto. Es decir, no hay obligación de comparecer, con lo cual malamente podrá acordarse la detención".

La solicitud de Begoña Gómez de archivar la "investigación universal" contra ella

Así mismo, en referencia a la información publicada por 'El Periódico' en el que Begoña Gómez pide a la Audiencia de Madrid que archive la "investigación universal" abierta contra ella, el miembro de 'Jueces para la democracia', señalaba su significado: "La señora Gómez está siendo objeto de investigación por cualquier hecho que haya realizado y eso está prohibido por el Tribunal Supremo".

En el caso de que esta investigación contraria a la ley se estuviera realizando, Ignacio afirma que las partes tienen la opción de presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial: "Si se estimara dicho recurso ordenaría el archivo de las actuaciones, pero también puede ordenar que siga las investigaciones, acotando en varios bloques y señalando cuál debe ser el objeto de la investigación".

Para finalizar, este letrado se refería al artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento: "La señora Gómez, como toda persona investigada, cuando se imputa a una persona unos hechos que le atribuyen delictivos, a parte de informarle de esos hechos, también debe ser informada de los derechos que le asisten, como no declarar y a no confesarse culpable".