Nueva normativa de patinetes eléctricos en Cataluña: las medidas que entran en vigor en 2025

El Año Nuevo llega con una nueva normativa para la circulación de los patinetes eléctricos en Cataluña. La Ordenanza de circulación, viandantes y vehículos ha sufrido una modificación que trae nuevas medidas más estrictas. Como informa Ricard Martín en el video, la normativa acaba de entrar en vigor, pero las sanciones y los controles no comenzarán hasta el 1 de febrero

La DGT se ha puesto firme en la normativa de los patinetes eléctricos en Cataluña con la entrada de 2025. Adrià Gomila, director de Movilidad del Ayuntamiento de Barcelona, ha apuntado que la nueva modificación “tiene como principal objetivo mejorar la convivencia en los distintos modos de desplazarse por la ciudad”. 

Aunque la normativa ha entrado ya en vigor, las sanciones no comenzarán hasta el 1 de febrero. Los conductores tienen un mes para concienciarse acerca de las nuevas restricciones. Para ello, se ha establecido una campaña de reparto de tarjetones a usuarios. Además, los responsables de las tiendas de alquiler de bicicletas deben informar a sus clientes sobre la nueva modificación. 

Solamente estará permitido circular por carriles bici y carriles con límite de velocidad

La DGT llega cargada de restricciones. En primer lugar, estará terminantemente prohibido circular con patinete eléctrico por aceras, zonas peatonales, autopistas, túneles urbanos y vías interurbanas. Tendrán que circular obligatoriamente por carriles bici o carriles con límite de velocidad de un máximo de 30 kilómetros por hora. De lo contrario, podrían ser sancionados con multas de 500 euros.  

Los menores de 16 años tendrán prohibido circular con esta clase de vehículos. Además, también será motivo de sanción circular con más de una persona en el patinete. Esta infracción está tipificada como leve y la multa asciende a los 100 euros

Será estrictamente obligatorio el uso del casco para circular con patinetes eléctricos

El uso obligatorio del casco también entra en la nueva normativa, además de que el vehículo esté equipado con luces delanteras y posteriores. La sanción en este caso se elevaría a los 100 euros.  

El consumo de alcohol o drogas estará terminantemente prohibido mientras se esté circulando con este tipo de vehículos. Los criterios aplicados en este caso son los mismos que en el coche: se podrá circular hasta con 0,25 mg/l de alcohol en aire espirado. En el caso de los menores de edad, no podrá sobrepasar los 0’00 mg/l. 

No estará permitido el uso de auriculares o dispositivos móviles

El uso de dispositivos móviles y auriculares serán sancionados a partir de febrero y tampoco se podrá introducir el patinete eléctrico en el trasporte público si el ayuntamiento de la localidad correspondiente no lo tiene contemplado. En algunas ciudades como Madrid, Málaga, Barcelona o Sevilla, está ya prohibido. 

La normativa aprobada a finales de noviembre de 2024 con los votos a favor del PSC, ERC y BComú, ha levantado diversas opiniones al respecto. Por un lado, muchos usuarios estiman que la normativa es totalmente necesaria: “Me parece super bien, así nos vuelve más conscientes de que hay que ser muy responsables en las vías”. Pero no todo el mundo opina lo mismo: "Ahora hay que comprar un casco y próximamente voy a tener que comprar un seguro porque es lo que se viene. Y siempre uno lo que termina haciendo es pagar, pagar, pagar y pagar”. 

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