Qué pensionistas están exentos de pagar por los medicamentos

En España, el sistema de copago farmacéutico establece que los usuarios deben aportar una parte del coste de los medicamentos prescritos por la sanidad pública. Sin embargo, existen exenciones para determinados colectivos, especialmente en el caso de los pensionistas, que tienen como objetivo garantizar un acceso equitativo a los tratamientos necesarios para cada caso.

Pensionistas exentos del copago farmacéutico

Según la normativa vigente, los siguientes grupos de pensionistas están exentos de pagar por los medicamentos:

  • Pensionistas con rentas inferiores a 5.635 euros anuales: Aquellos cuya renta anual no supera esta cantidad están exentos del copago. 
  • Pensionistas no obligados a presentar declaración de la renta con ingresos inferiores a 11.200 euros anuales: Si no están obligados a declarar y sus ingresos no superan este umbral, también están exentos. 
  • Perceptores de pensiones no contributivas: Aquellos que reciben pensiones no contributivas, ya sea por jubilación o invalidez, están exentos del copago farmacéutico. 

Otros colectivos exentos del copago farmacéutico

Además de los pensionistas, otros grupos también están exentos del copago farmacéutico:

  • Menores de edad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. 
  • Beneficiarios de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción. 
  • Personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica. 

Límites de aportación para otros pensionistas

Para los pensionistas que no están exentos, el sistema de copago establece límites máximos de aportación mensual en función de la renta:

  • Rentas inferiores a 18.000 euros anuales: Aportan un 10% del precio del medicamento, con un límite máximo mensual de 8,23 euros. 
  • Rentas entre 18.000 y 100.000 euros anuales: Aportan un 10% del precio del medicamento, con un límite máximo mensual de 18,52 euros. 
  • Rentas superiores a 100.000 euros anuales: Aportan un 60% del precio del medicamento, con un límite máximo mensual de 61,75 euros.

La identificación de los pensionistas que están exentos de este copago se realiza de manera automática al solicitar los medicamentos, cruzando los datos de la Agencia Tributaria con los del Sistema Nacional de Salud. Esta es otra de las razones por las que resulta fundamental que los datos fiscales y personales de todos los ciudadanos estén actualizados, pudiendo garantizar de esta manera la correcta aplicación de las exenciones.

La exención del copago para los pensionistas con menores ingresos busca evitar situaciones de "pobreza farmacéutica", en las que las personas no pueden costearse los medicamentos necesarios para mantener su salud. Garantizar que todas las personas tienen acceso a los tratamientos que tienen prescritos es esencial para mantener la equidad y la justicia social en el ámbito sanitario.

El sistema de copago farmacéutico que está en vigor en nuestro país tiene en consideración diversas exenciones específicas destinadas a proteger a los pensionistas con menores ingresos, asegurando de esta forma su acceso a los medicamentos necesarios sin que el coste suponga una barrera. Es fundamental que los pensionistas conozcan sus derechos y se aseguren de que sus datos están actualizados para poder aprovechar estas exenciones.

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