La fianza en los contratos de alquiler en España es un tipo de garantía económica que el inquilino entrega al propietario al iniciarse el periodo arrendamiento. Su función principal es cubrir posibles desperfectos en la vivienda o impagos de rentas y suministros. Sin embargo, al finalizar el contrato hay que liquidar esta fianza, y aquí es donde aparecen las preguntas. Una de las más habituales es ¿qué plazo debe el arrendador devolver la fianza al inquilino?
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula la fianza en su artículo 36. Aunque no establece un plazo específico para su devolución, sí indica que, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves sin que se haya restituido la fianza, esta comenzará a devengar el interés legal correspondiente.
Este precepto implica que, una vez finalizado el contrato y entregadas las llaves, el propietario dispone de un mes para evaluar el estado del inmueble, verificar posibles daños o deudas pendientes y proceder a la pertinente devolución de la fianza. Si no lo hace en este plazo, deberá abonar al inquilino el interés legal del dinero acumulado desde el día siguiente al vencimiento del mes. Dicho interés legal actúa como compensación por la retención indebida de la garantía.
Los tribunales españoles han interpretado este artículo en diversas sentencias. Por ejemplo, la Audiencia Provincial de Barcelona, en una sentencia de 29 de octubre de 2020, establece que el arrendador no incurre en mora hasta que transcurra un mes desde la entrega de las llaves sin haber restituido la fianza. Asimismo, la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de 20 de octubre de 2016, considera que, una vez superado el plazo de un mes, la retención de la fianza sin causa justificada podría constituir un enriquecimiento injusto por parte del propietario.
Para los inquilinos:
Para los propietarios:
Aunque la LAU establece la normativa general, algunas comunidades autónomas pueden tener regulaciones específicas respecto a la fianza. Por ejemplo, en Cataluña, la fianza debe ser depositada en el Institut Català del Sòl (INCASÒL), y su devolución puede estar sujeta a procedimientos concretos. Es recomendable que tanto inquilinos como propietarios se informen sobre la normativa vigente en su comunidad autónoma para asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones legales.
La fianza en los contratos de alquiler es una herramienta esencial para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tanto del inquilino como del propietario. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece un plazo de un mes para su devolución, a contar desde la entrega de las llaves, periodo durante el cual el propietario debe verificar el estado del inmueble y la existencia de posibles deudas. El cumplimiento de este plazo y la transparencia en el proceso son fundamentales para evitar conflictos y asegurar una relación arrendaticia justa y equilibrada.