Nueva ley de protección a los menores en el entorno digital: las claves de la norma

El Consejo de Ministros da luz verde a la ley de protección de menores en entornos digitales. El texto contempla reformas en el Código Penal para incluir y ampliar delitos y agravar o crear nuevas penas. Se trata de una norma que pretende proteger a los menores en internet con medidas como prohibir a los menores de 16 años abrir cuentas en redes sociales o castigar las simulaciones sexuales con inteligencia artificial serán castigadas con dos años de cárcel.

La norma incluye la obligación de incorporar de fábrica el control parental en todos los móviles, tabletas, ordenadores y televisiones inteligentes. Está previsto que este sistema aparezca por defecto en todos los dispositivos y que se pueda configurar una vez encendido. Este debe ser gratuito para el usuario y fácil de manejar.

El proyecto también reforma el Código Penal en cuatro puntos diferentes. En primer lugar, según ha explicado el ministro de Justicia, Félix Bolaños, incorpora en el catálogo de penas la prohibición de acceso o de comunicación en los entornos digitales de las víctimas con los agresores. "De tal manera que creamos lo que podemos llamar las órdenes de alejamiento digital para que los agresores, los violentos en el entorno digital, no puedan tampoco en esos entornos acercarse a sus víctimas", ha explicado.

En segundo lugar, establece como delito la conducta "consistente" en poner material pornográfico a disposición de menores "de manera indiscriminada". También tipifica las 'deepfakes' de contenido sexual o "gravemente vejatorio", creado con Inteligencia Artificial, como delitos contra la integridad moral. En esta línea, Bolaños ha precisado que serán delito "cuando por su grado de realismo pretendan vejar a una persona en concreto".

La cuarta de las reformas del Código Penal es la regulación del 'grooming', el engaño online a menores, como agravante en los delitos contra la libertad sexual. Esta actividad Bolaños ha dicho que la crean personas adultas, mayores de edad, "con el objetivo de parecer menores y de, por tanto, ganarse la confianza de menores para obtener, normalmente, fotografía, contenido audiovisual con contenido pornográfico".

En el ámbito sanitario, la norma incluye programas de prevención en atención primaria que incluirán test para la identificación de usos problemáticos de dichas tecnologías y la detección precoz de cambios de conductas o problemas de salud física, psíquica y emocional, derivados de un uso inadecuado de las pantallas entre las personas menores de edad.

Por otro lado, en el entorno educativo contempla el impulso de ciclos formativos y de alfabetización digital en todos los cursos con mecanismos concretos que den a los menores herramientas y autonomía con los dispositivos tecnológicos para combatir bulos. El uso de dispositivos en los centros de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, secundaria postobligatoria y educación especial se regulará por parte de los propios centros, de acuerdo con las disposiciones que al efecto hayan aprobado las administraciones educativas.

La norma eleva a 16 años el consentimiento de datos en redes sociales

La norma también modifica la Ley de Protección de Datos Personales y eleva de 14 a 16 años la edad para prestar el consentimiento en el tratamiento de los datos de carácter personal para el acceso a redes sociales.

Por otro lado, la regulación consolida los derechos de los menores de edad en el entorno digital, a través del artículo 2, que establece que "tienen derecho a recibir información suficiente y necesaria en una forma y lenguaje apropiado según la edad sobre el uso de las tecnologías, así como de sus derechos y de los riesgos asociados al entorno digital". Esto obliga a las empresas fabricantes a asumir sus responsabilidades y realizar un "análisis riguroso" del impacto de sus productos sobre la infancia y la adolescencia.

También modifica la Ley General de Comunicación Audiovisual para que los grandes operadores de comunicación y, también, los influencers, que tengan un número muy elevado de seguidores, tengan canales de denuncia ante contenidos "inapropiados o inadecuados" para menores. "También tendrán otras obligaciones, como, por ejemplo, informar inequívocamente del contenido que están proporcionando, que pueda ser potencialmente perjudicial para los menores, utilizar, también, sistemas de verificación de edad que sean efectivos y separar los contenidos que puedan tener algún contenido y que puedan tener alguna naturaleza pornográfica o violenta", ha expuesto.

Entre las medidas que contempla está el desarrollo de una Estrategia nacional para la protección de la infancia y la juventud en los entornos digitales. La liderará el Ministerio de Juventud e Infancia. En la Estrategia se incluirá el etiquetado de los contenidos digitales, con lenguaje accesible, donde se añadirán advertencias si este no es apto para menores de edad.

Asimismo, la norma incluye la prohibición del acceso de los menores en los videojuegos a las cajas de recompensa o 'loot boxes'. Se trata de una medida incluida por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Este punto, según ha incidido Bolaños, ha sido "especialmente trabajado de la mano de la Comisión Europea".

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