Todos los permisos retribuidos que un trabajador puede pedir en España

En el ámbito laboral español, los permisos retribuidos constituyen un derecho esencial que permite a los empleados ausentarse de su puesto de trabajo por motivos justificados, sin que ello afecte a su remuneración. Estos permisos están regulados principalmente en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, aunque también pueden ser ampliados o modificados por convenios colectivos específicos.

Los principales permisos retribuidos a los que un trabajador puede acogerse en España

  • Permiso por matrimonio: Los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de 15 días naturales en caso de contraer matrimonio. Este período permite al empleado disfrutar de su enlace y organizar los aspectos personales derivados del mismo. 
  • Permiso por nacimiento de hijo: En caso de nacimiento de un hijo, el trabajador tiene derecho a ausentarse del trabajo durante 16 semanas, de las cuales las seis primeras deben disfrutarse de forma ininterrumpida inmediatamente después del parto. Este permiso es retribuido y puede ser compartido entre ambos progenitores. 
  • Permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de familiares: El trabajador puede ausentarse durante 2 días en caso de fallecimiento, accidente o enfermedad grave de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Si se requiere un desplazamiento, el permiso se amplía a 4 días. 
  • Permiso por traslado de domicilio habitual: Se concede un día de permiso retribuido al trabajador que deba trasladar su domicilio habitual, facilitando así las gestiones y trámites necesarios. 
  • Permiso para el cumplimiento de deberes públicos y personales: El tiempo necesario para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, como puede ser la asistencia a un juicio como testigo o la participación en una mesa electoral, se considera permiso retribuido. 
  • Permiso por funciones sindicales o de representación de personal: Los trabajadores que desempeñen funciones sindicales o de representación del personal tienen derecho a ausentarse de su puesto de trabajo, con derecho a remuneración, para el ejercicio de dichas funciones en los términos establecidos legalmente o por convenio colectivo.
  • Permiso por lactancia de un hijo menor de nueve meses: Los trabajadores tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo, que pueden dividir en dos fracciones, para la lactancia de un hijo menor de nueve meses. Este derecho puede ser ejercido indistintamente por cualquiera de los progenitores en caso de que ambos trabajen. 
  • Permiso por exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto: Las trabajadoras embarazadas tienen derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso y justificación. 
  • Permiso por adopción o acogimiento: En casos de adopción o acogimiento, los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de 16 semanas, similar al permiso por nacimiento, para facilitar la integración del menor en la familia. 
  • Permiso por matrimonio de un familiar: Algunos convenios colectivos contemplan permisos retribuidos para los trabajadores que asistan al matrimonio de un familiar cercano, aunque este permiso no está recogido en el Estatuto de los Trabajadores y su concesión depende del convenio aplicable. 
  • Permiso por deberes relacionados con la conciliación familiar: La normativa laboral española ha incorporado permisos retribuidos para atender situaciones de urgencia familiar, como el cuidado de hijos menores o familiares dependientes en caso de enfermedad o accidente, garantizando así la conciliación de la vida laboral y familiar. 
  • Permiso por formación profesional: Los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación profesional para el empleo, acumulables por un período de hasta cinco años, con el fin de favorecer su desarrollo y adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. 
  • Permiso por exámenes oficiales: Los empleados que cursen estudios para la obtención de un título académico o profesional tienen derecho a permisos retribuidos para asistir a exámenes oficiales, siempre que lo acrediten y lo comuniquen con la antelación suficiente. 
  • Permiso por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario: En caso de intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, el trabajador tiene derecho a un permiso retribuido de 2 días, ampliable a 4 si es necesario desplazamiento. 
  • Permiso por asistencia a consultas médicas: Algunos convenios colectivos reconocen el derecho a permisos retribuidos para asistir a consultas médicas, tanto propias como de familiares a cargo, aunque este permiso no está contemplado de manera general en el Estatuto de los Trabajadores. 

Aspectos que hay que tener en cuenta

Es importante destacar que la duración y condiciones de estos permisos pueden variar según lo establecido en los convenios colectivos de cada sector o empresa, pudiendo existir mejoras o ampliaciones respecto a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores. Por ello, se recomienda a los trabajadores consultar el convenio colectivo aplicable a su situación laboral para conocer con exactitud los derechos y permisos a los que pueden acogerse.

Además es esencial que los trabajadores estén informados de sus derechos para poder ejercerlos adecuadamente. Aunque los permisos retribuidos son un derecho reconocido por la legislación, su disfrute puede requerir una comunicación formal con la empresa y la justificación pertinente. Este proceso no solo evita posibles malentendidos, sino que también asegura que las ausencias estén correctamente justificadas, tanto para el trabajador como para el empleador.

Noticias Cuatro