El Tribunal Constitucional anula las condenas de los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Ambos estaban condenados por el caso de los ERE de la comunidad andaluza. Los magistrados señalan que esa pena de cárcel se les impuso sin respetar la presunción de inocencia. La Audiencia de Sevilla tendrá que emitir una nueva sentencia.
La enfermedad de José Antonio Griñán había retrasado su entrada en la cárcel. Ahora, el Constitucional la ha impedido definitivamente al anular la sentencia que lo condenó por malversación en la trama de los ERE. Por ese mismo delito, fue inhabilitado Manuel Chaves durante nueve años. Ahora, verá reducida esa pena por decisión de un tribunal dividido en bloques.
El Tribunal Constitucional ha exonerado a José Antonio Griñán de toda la malversación por la que fue condenado a seis años de cárcel por el “procedimiento específico” de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE). La mayoría del Pleno ha avalado el borrador de la ponencia de la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, que proponía anular su condena y ordenar a la Audiencia de Sevilla que dicte una nueva sin tener en consideración el delito de malversación.
Aunque sí se le mantendrá una parte de los 16 años de inhabilitación por el otro delito por el que fue condenado: la prevaricación. Griñán fue condenado a pena de cárcel pero su ingreso quedó suspendido por el cáncer que padece. Los magistrados consideran que se vulneró el derecho de Griñán a la presunción de inocencia al no precisarse en las sentencias condenatorias en qué medida participó en los hechos que se le atribuyen.
El expresidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, también verá reducida esa pena por decisión de un tribunal dividido en bloques desde las ocho revisiones del caso de los ERE. Los magistrados del Tribunal de Garantías solo han sido unánimes para rechazar dos de los recursos: el del exconsejero de empleo, José Antonio Viera, y el de Juan Márquez, exdirector general de trabajo.
En el caso de Chaves, el tribunal ha ordenado a la Audiencia Nacional de Sevilla dictar una nueva sentencia en la que se excluyan los hechos relacionados con la aprobación de los anteproyectos y proyectos de ley de Presupuestos y de las modificaciones presupuestarias amparadas por dicha ley en los años 2022 a 2009. Así, sostienen que la nueva resolución debe limitarse a la posible prevaricación cometida en 2000, 2001 y 2004. Los magistrados creen que, tanto la Audiencia de Sevilla como el Supremo, realizaron “una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación”. El portavoz del Partido Popular en el Congreso de los Diputados, Miguel Tellado, ha acusado al Constitucional de intentar “borrar” la corrupción del PSOE en Andalucía.
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