Declaración de la Renta: las 7 cosas que cambian en la campaña de 2025

  • La campaña de la Declaración de la Renta 2024 llega con importantes cambios que afectarán a millones de contribuyentes

  • La primera llega con las fechas, ya que Agencia Tributaria ha adelantado el inicio de la campaña de la Renta al 2 de abril de 2025

  • Diferencias fiscales en España

La campaña de la Declaración de la Renta 2025 llega con importantes cambios que afectarán a millones de contribuyentes en España. Desde nuevas obligaciones fiscales, ajustes en los límites de declaración, hasta la digitalización de los pagos y mejoras en las deducciones por eficiencia energética, todos estos cambios aparecen con el objetivo de adaptar el sistema tributario a la realidad económica actual y facilitar los trámites a los ciudadanos.

Declaración de la renta: novedades en la campaña de 2025

En un contexto de inflación, cambios en el mercado laboral y reformas fiscales, es importante estar al tanto de las novedades que introduce cada ejercicio la Agencia Tributaria, con el fin de evitar posible errores al realizar la declaración y, en muchos casos, sacar el máximo partido a las deducciones disponibles.

  • Adelanto de las fechas de presentación: La Agencia Tributaria ha adelantado el inicio de la campaña de la Renta al 2 de abril de 2025, extendiéndose hasta el 30 de junio del mismo año. Este ajuste permite a los contribuyentes disponer de más tiempo para preparar y presentar sus declaraciones.
  • Obligación de declarar para perceptores de prestaciones por desempleo: Una de las modificaciones más destacadas es que, a partir de esta campaña, todos los desempleados que reciban una prestación por desempleo estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta, independientemente del importe percibido. Esta medida busca garantizar una mayor transparencia y control sobre las prestaciones otorgadas.
  • Incremento del límite de ingresos para declarar con múltiples pagadores: El umbral de ingresos procedentes de un segundo pagador que obliga a presentar la declaración se eleva de 1.500 euros a 2.500 euros. Esto significa que aquellos contribuyentes que perciban ingresos de varios pagadores, pero que ninguno de ellos supere los 2.500 euros, podrían quedar exentos de presentar la declaración, siempre que sus ingresos totales no excedan los 22.000 euros anuales.
  • Aparición de nuevos métodos de pago como Bizum y tarjeta: En línea con la digitalización de los servicios, la Agencia Tributaria habilita, por primera vez, la posibilidad de realizar el pago de la Declaración de la Renta a través de Bizum y tarjetas de crédito o débito. Esta innovación facilita el proceso de pago, adaptándose a los métodos más utilizados actualmente por los contribuyentes.
  • Modificaciones en las retenciones del IRPF para trabajadores con Salario Mínimo Interprofesional (SMI): Con el incremento del SMI a 16.576 euros anuales en 14 pagas (1.184 euros mensuales), las empresas comenzarán a aplicar retenciones de IRPF a sus trabajadores. Aunque este cambio afectará aproximadamente al 20% de los beneficiarios del SMI, es importante tenerlo en cuenta, ya que supone una reducción en la cantidad neta percibida en cada nómina.
  • Cambios en la imputación de rentas inmobiliarias: Desde el 1 de enero de 2024, la imputación de rentas inmobiliarias se establece en un 1,1% para aquellos inmuebles situados en municipios donde el valor catastral haya sido revisado y cuya actualización haya entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2012. Este cambio afecta a propietarios de inmuebles no arrendados que deben declarar una renta imputada en su declaración de la renta.
  • Deducción por eficiencia energética: La deducción por mejoras en eficiencia energética en viviendas se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, permitiendo su aplicación en la Declaración de la Renta 2025. Esta medida beneficia a los propietarios que realicen reformas destinadas a reducir el consumo energético de sus inmuebles.

Es fundamental que los contribuyentes se informen adecuadamente sobre todas estas novedades para poder cumplir de forma eficiente con sus obligaciones fiscales, y aprovechar las posibles deducciones y beneficios disponibles en cada caso. Es recomendable revisar todas las novedades, con especial atención a los aspectos aquí citados y, si tenemos algún tipo de duda, lo mejor sería consultar con un asesor fiscal o con la propia Agencia Tributaria.

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