¿Cuándo empieza la declaración de la renta y cuáles son los plazos?

Varios empleados trabajan en una oficina de la Agencia Tributaria
  • El plazo para la presentación de la Declaración de la Renta 2025 comienza el 2 de abril y finaliza el 30 de junio

  • Se puede realizar este trámite por internet, teléfono o de manera presencial en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria

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La Declaración de la Renta es un trámite anual que deben realizar los contribuyentes en España para informar a la Agencia Tributaria sobre sus ingresos, gastos y otras circunstancias económicas del año anterior. Este proceso permite calcular si el contribuyente debe abonar más impuestos, o por el contrario, tiene derecho a alguna devolución.

Con la llegada del 2025 es esencial estar al tanto de los plazos establecidos para poder cumplir con esta obligación fiscal sin contratiempos.

¿Cuáles son los plazos para presentar la renta en 2025?

El calendario fiscal del 2025 establece que el período para presentar la declaración de la renta es desde el 2 de abril al 30 de junio. Será durante estos meses, cuando los contribuyentes tengan la oportunidad de cumplir con su responsabilidad fiscal.

Este trámite se puede hacer de manera online o presencial en alguna de sus oficinas. Para aquellas personas que quieran hacerlo desde la comodidad de su casa, la presentación de esta declaración se extiende desde el 2 de abril hasta el 30 de junio. En caso de querer hacerla mediante su asistencia telefónica, el plazo será desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio. Para pedir cita, se podrá hacer desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.

Si se necesita hacer de manera presencial en alguna oficina de la Agencia Tributaria, las fechas para hacerlo son del 2 de junio al 30 de junio, teniendo como fechas para solicitar cita del 29 de mayo al 27 de junio.

Aunque el plazo general para presentar la Declaración de la Renta finaliza el 30 de junio de 2025, hay que tener en cuenta que, para aquellas declaraciones con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria, la fecha límite se adelanta al 25 de junio de 2025. Esto es debido a que la Agencia Tributaria requiere un margen de tiempo para poder procesar las domiciliaciones antes de acabar oficialmente la campaña.

Novedades en la Declaración de la Renta 2025

Para el ejercicio fiscal de 2024, la Agencia Tributaria ha introducido algunas novedades que pueden afectar a ciertos colectivos.

A partir de este año, las personas que hayan percibido prestaciones por desempleo deberán presentar la declaración de la renta sea cual sea la cantidad recibida. Antes, existían unos umbrales mínimos que hacían que algunos desempleados no tuvieran que presentar la Declaración de la Renta. Hasta este año, las personas desempleadas no tenían que realizar la declaración a menos que superaran el umbral de los 22.000 euros anuales o 15.000 euros con más de un pagador.

Por otro lado, se ha modificado el umbral de ingresos de dos o más pagadores el cual pasa de 1.500 a 2.500 euros. Esta es una buena noticia para ellos, ya que podrán ampliar su margen económico.

Paso a paso para presentar la Declaración de la Renta 2025

Lo primero que se debe hacer es acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Una vez dentro se tiene que acceder al apartado de “Renta 2024”.

El siguiente paso es identificarse, para acceder al borrador y poder gestionar la declaración, cualquier persona se puede identificar de las siguientes maneras:

  • DNI electrónico o Certificado Digital.
  • Cl@ve PIN, éste se puede solicitar en la web de la Agencia Tributaria.
  • Referencia del borrador, se puede obtener introduciendo el DNI y la casilla 505 de la Renta del año anterior.

Cuando ya se está dentro del sistema, se puede acceder al borrador que la Agencia Tributaria genera automáticamente con los datos fiscales que tiene el contribuyente. Es esencial revisar a conciencia cada apartado, ya que puede tener errores u omisiones, sobre todo en deducciones o ingresos adicionales.

Los aspectos clave que se deben revisar siempre en el borrador son: datos personales, rendimientos de trabajo, es decir, nóminas, pensiones, prestaciones por desempleo; ingresos adicionales como alquileres, actividades económicas o inversiones; y por último, deducciones autonómicas como el alquiler, la familia numerosa, alguna discapacidad o donaciones.

En caso de detectar algún error, se puede modificar directamente en el sistema antes de presentar la declaración.

Lo siguiente que se debe hacer es aplicar deducciones y comprobar el resultado. Esto lo va a hacer el sistema automáticamente si la declaración resulta a pagar o a devolver. Antes de confirmar la presentación, se debe verificar si se pueden aplicar deducciones o reducciones que puedan minimizar la carga fiscal. Estas pueden ser: vivienda habitual sólo en caso de haberla adquirido antes de 2013, donaciones a ONG y entidades benéficas, aportaciones a planes de pensiones o deducciones autonómicas por el alquiler, familia numerosa o discapacidad.

Si está todo correcto, se debe pulsar en “Presentar declaración” y el sistema va a generar un comprobante con el número de referencia. En caso de que la declaración salga a pagar, se tienen dos opciones de pago: la primera es una domiciliación bancaria donde se va a retirar el importe de la cuenta el 30 de junio o fraccionado en dos pagos. La segunda sería un pago en el banco, donde se puede generar un código NRC y abonarlo directamente en la entidad financiera.

Una vez que esté presentada la declaración, se debe descargar el comprobante. Y en caso de devolución, se puede comprobar el estado del pago en la misma web de la Agencia Tributaria.