Eduardo Zaplana, ex presidente de la Generalitat Valenciana ha sido condenado a 10 años de cárcel por las mordidas del llamado caso Erial. Hasta ahora el también exministro del PP se había librado de la prisión preventiva por su estado de salud. La Audiencia de Valencia sostiene que cobró comisiones por contratos y concesiones amañadas de las ITV y los parques eólicos. Tanto Zaplana como otros condenados tenían cantidades millonarias fuera de España. El expolítico ha anunciado que recurrirá la sentencia y ha reiterado que no hay "ninguna evidencia objetiva" de su participación en los hechos.
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia considera probado que Zaplana percibió comisiones por la adjudicación entre 1997 y 2003 de estaciones de ITV de la Comunitat Valenciana y las canalizó a través de una compleja estructura societaria tanto en España como en países como Panamá o Luxemburgo y con cuentas en Andorra.
El tribunal le declara autor de los delitos de prevaricación, cohecho, falsedad documental y blanqueo de capitales y le impone también un total de 17 años y 10 meses de inhabilitación para empleo o cargo público, tres años de inhabilitación para el ejercicio de su profesión y multas que en total superan los 25 millones de euros.
La sala llega a la "ineludible conclusión" de que el dinero obtenido por Zaplana (en concreto en referencia a las cuentas de Andorra) lo fue "haciendo uso de su condición de político, que le brindaba información relevante en distintos campos, conocimiento de personas también relevantes en el mundo empresarial y financiero y en definitiva, un destacado papel político primero en el ámbito autonómico y después en el nacional, lo que le reportó importantes ingresos de dinero, al margen de sus emolumentos oficiales".
De hecho, señala que Zaplana tenía la condición de político en activo cuando ingresó este dinero en Andorra (entró del 17 de febrero de 2004 al 9 de marzo de 2007) y abandonó la política el 30 de abril de 2008. Así, concluye que este dinero "no podía proceder de su salario como político, dadas las cuantías", según consta en la sentencia.
El tribunal considera probado que Eduardo Zaplana cobró comisiones por las adjudicaciones de estaciones de ITV entre finales de los años 90 y principios de los 2000 merced a los pactos que había suscrito con Juan Cotino.
Igualmente, la Sala declara probado en su resolución que el expresidente de la Generalitat diseñó con la ayuda de varios colaboradores o se aprovechó de una compleja estructura societaria para canalizar los fondos recibidos, tanto en España como en países como Panamá o Luxemburgo, al igual que utilizó para ello cuentas bancarias abiertas en Andorra.
Según se recoge en la sentencia, existió en cuatro sociedades "una unidad de acción y dirección" merced a la cual fueron utilizadas por Zaplana y otros dos acusados "de una manera coordinada" con el propósito finalista de permitir la repatriación y uso de fondos provenientes de otra mercantil, Imison Internacional SA, "pero velando siempre la verdadera titularidad de los mismos".
El expresidente de la Generalitat era el "titular real o último beneficiario" de esos fondos con los que, utilizando otras sociedades, efectuó disposiciones en efectivo o inversiones inmobiliarias, tal y como apuntan los magistrados.
El expresidente de la Generalitat Valenciana ha anunciado en un comunicado que recurrirá la sentencia. También ha reiterado que no hay "ninguna evidencia objetiva" de su participación en los hechos. Tras conocerse el fallo, el exministro ha avanzado que se siente "decepcionado" por haber sido condenado "por unas pruebas basadas en pactos y acuerdos opacos y sin ninguna evidencia objetiva" sobre su participación en los hechos.
A pesar de todo, el expresidente de la Generalitat ha manifestado que sigue "confiando" en la justicia y ha afirmado que tiene la certeza de que "tarde o temprano" se reconocerá lo "infundado" de las acusaciones y, en consecuencia, recurrirá a las instancias "que sea necesario".
En el mismo comunicado, Zaplana también ha mostrado su "alegría" por la absolución en este procedimiento "de todas las personas cuyo único delito fue haber sido mis amigos o colaboradores y que han tenido que sufrir una acusación igualmente injusta y soportar durante largos años la amenaza de una condena penal sin ningún fundamento", ha apostillado.
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