Las pérdidas, los destrozos, las bajas laborales, los créditos por pagar es todo lo que queda después de la riada. Hasta ahora, ya se han solicitado más de 100.000 ayudas. Los damnificados por la DANA -más destructiva del siglo- están desbordados ante la solidaridad del país y, aunque la búsqueda de desaparecidos continúa, muchos se hacen una pregunta: ¿Y ahora qué?
El Gobierno ya ha aprobado un plan de ayudas por la DANA con un plan inmediato con 10.600 millones de euros. Aquí, mostramos la guía para que los afectados conozcan toda la información sobre las ayudas que pueden pedir y que se podrán pedir durante dos meses.
Los afectados por las inundaciones de la Comunidad Valenciana, de Castilla-La Mancha y de Andalucía. La ayuda permitirá el aumento del 15% durante tres meses para las personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital o pensiones no contributivas.
Desde el 19 de noviembre hasta fin de año.
Todas estas ayudas estarán exentas de tributar:
Los autónomos podrán recibir 5.000 euros y entre 10.000 y 150.000 euros para las empresas en función de su facturación. Las compañías que se vean obligadas a hacer un ERTE estarán exentas de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de la plantilla, al menos hasta febrero de 2025.
Los trabajadores y autónomos con daños físicos y psicológicos tendrán una incapacidad temporal extraordinaria con una compensación del 75% de su salario desde el primer día.
A través de la Subdelegación del Gobierno en Valencia y, si es online, a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior. Habrá que presentar el recibo del IBI u otro documento que acredite que es el dueño de la vivienda. Las empresas y autónomos tendrán que rellenar un formulario en la página web de la Agencia Tributaria a partir del 19 de noviembre.
Para solicitar esta ayuda, las empresas tendrán que cumplimentar un formulario en la web de la Agencia Tributaria que estará disponible a partir del 19 de noviembre. Tendrán de plazo hasta el 31 de diciembre para presentar su solicitud y comunicar la cuenta corriente en la que recibirán la ayuda. Los autónomos podrán pedir la prestación por cese de actividad a las mutuas colaboradoras de la Seguridad social "sin que sea necesaria la aportación de documentos que acrediten la existencia de fuerza mayor".
Desde hoy, se empiezan a pagar ya las indemnizaciones a quienes hayan perdido su vehículo. Los pagos serán un 20% por encima del valor de tasación de cada vehículo.
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