El Gobierno firma el acuerdo para reforzar las pensiones: las novedades de la jubilación parcial y demorada
El presidente del Gobierno ha recibido hoy a los agentes sociales para agradecerles su esfuerzo
Para cobrar el 100% de la pensión se necesitarán al menos cinco años en activo tras cumplir la edad de jubilación
El Gobierno llega a un acuerdo sobre las pensiones: ¿qué cambios hay en la jubilación activa y parcial?
El Gobierno ha firmado con los sindicatos y la patronal el acuerdo para reforzar las pensiones. En el Palacio de la Moncloa ha quedado rubricado el pacto que pretende incentivar las jubilaciones demoradas y parciales, unas propuestas que aumentan el riesgo de morir entre los 60 y 69 años. En este acuerdo, que se alcanzó en julio, se desarrollan aspectos que habían quedado pendientes en las últimas reformas con el objetivo de incentivar que los trabajadores alarguen su vida laboral, según informa Cristina Montalvo.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha recibido hoy a los agentes sociales a los que les ha agradecido su esfuerzo para conseguir una medida que “mejorará la vida de los españoles”. Ahora, para cobrar el 100% de la pensión, se necesitarán al menos cinco años en activo tras el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Los porcentajes de la pensión -que se podrán percibir mientras se trabaja- serán de un 45% con un año de demora; del 55% con dos años; del 65% con tres ; del 80% con cuatro y del 100% con cinco años de demora.
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¿Qué ocurrirá con la jubilación parcial y demorada?
Con el pacto entre le Gobierno y los sindicatos y patronal, las partes han diseñado un nuevo marco regulador de compatibilidades entre trabajo y pensión. Para aquellos que decidan seguir trabajando, a pesar de haber llegado a la edad legal para jubilarse, el cambio llega en el segundo año de esta práctica llamada jubilación demorada. Esta opción permite mejorar la pensión un 4% el primer año y ahora, a partir del segundo, esta situación se puede ir prolongando cada seis meses y no anualmente, con mejoras del 2%.
En la jubilación activa, que se refiere al momento en el que se sigue trabajando y cobrando al mismo tiempo una parte de la pensión, el cambio se muestra en el porcentaje de la pensión que se recibe. Hasta ahora, tenía un carácter general del 50%, pero ahora será gradual según los años que se esté en esta opción y que puede llegar al 100% de la pensión al quinto año. Así, será compatible con las mejoras de la jubilación demorada y ya no se obligará a tener el 100% de la carreta de cotización completa, un aspecto que castigaba sobre todo a las mujeres por la maternidad.
Para la jubilación parcial, a la que se pueden acoger los asalariados, hay alguna novedad. Hasta ahora, se podía hacer dos años antes de la edad legal de jubilación, pero ahora será hasta tres años. Eso sí, si se anticipa, se obligará a hacer un contrato de relevo para ese trabajador que sustituirá al futuro jubilado y que tendrá mejores condiciones, un contrato indefinido y estará a tiempo completo. Unas medidas que se mantendrán dos años como mínimo.
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