La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, ha confirmado la decisión de la Mesa del Congreso de los Diputados, que ha acordado "suspender automáticamente a los cuatro diputados afectados" por el proceso independentista en Cataluña que obtuvieron escaño en las elecciones generales del pasado 28 de abril y que se encuentran en prisión: Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Sánchez y Jordi Turull.
Esta suspensión se hace efectiva con carácter retroactivo desde el mismo día de la constitución de la Cámara, es decir, desde el 21 de mayo.
En su cuenta de Twitter, Esquerra Republicana ha comunicado la decisión de la Mesa.
No obstante, la decisión no ha sido unánime ya que dos representantes de Unidas Podemos en la Mesa han mostrado su desacuerdo con la decisión por la premura de la misma.
La presidenta del Congreso, por su parte, ya ha encargado un informe a la secretaría general para decidir cómo afecta esta suspensión al cómputo de la mayoría absoluta de la Cámara.
El diputado de JxCat en el Congreso Jaume Alonso-Cuevillas ya ha anunciado que presentarán una reconsideración a la Mesa como paso previo a recurrir el caso al Tribunal Constitucional (TC) y, si es necesario, acabar en Europa.
"Se ha dado un paso más en el golpe al estado de derecho y no tenemos ninguna duda de que la comunidad internacional pondrá las cosas en su lugar", ha sostenido en rueda de prensa junto con la diputada Laura Borràs, minutos después de la comparecencia de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet.
Según Cuevillas, España "es una democracia llena de agujeros porque una vez más se ha demostrado que, si no les conviene la aplicación de las leyes, tienen la capacidad de reinterpretarlas en el sentido exactamente contrario".
El órgano de gobierno de la Cámara ha adoptado esta decisión tras analizar el informe redactado por servicios jurídicos de la institución.
Los letrados del Congreso defendieron que la suspensión como diputados de los cuatro presos preventivos por el procés que obtuvieron escaño en las elecciones del pasado 28 de abril debía realizarse en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) y no del Reglamento del Congreso, pero, a la vez, por lo que habían dejado abierta la puerta a que la Mesa de la Cámara les suspendiese sin que mediase ninguna otra comunicación del Supremo.
El artículo 21.2 del Reglamento de la Cámara no es aplicable porque no se da uno de los tres requisitos que éste fija para que la Mesa proceda a la suspensión de un diputado.
En concreto, el requisito que no se da es el de que la Cámara haya autorizado la concesión de un suplicatorio para que el Tribunal Supremo abra una investigación sobre los diputados afectados por la suspensión.
El Supremo no tuvo que pedir ningún suplicatorio a la Cámara porque cuando se inició la investigación sobre el 'procès' Oriol Junqueras (ERC), Jordi Sànchez, Josep Rull, y Jordi Turull (Junts per Catalunya) no eran diputados del Congreso.
Los letrados reconocen que sí se cumplen los otros dos requisitos para la suspensión automática que establece el 21.2 del Reglamento: que exista un auto de procesamiento contra los afectados y que estén en prisión preventiva.
"En cambio, resulta de aplicación en este caso el artículo 384 bis de la LeCrim", subraya el informe. Este precepto establece que "firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviera ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión".