Sepa todo sobre el fin de 'roaming' en la UE
1. ¿Desde cuando?
A partir del jueves 15 de junio podrás utilizar los datos, llamar o enviar mensajes en el extranjero en las mismas condiciones que disfrutas en casa.
2.- ¿En qué países podré hacerlo?
En fin de la itinerancia se aplica en los 28 países de la Unión Europea: Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovenia, Eslovaquia, España, Suecia, Reino Unido.
En una fecha posterior al 15 de junio también se sumarán a este espacio libre de itinerancia países como Islandia, Noruega y Liechtenstein. En el resto de países las operadoras aplicaran las tarifas por itinerancia que tengan establecidas.
3.- ¿Tengo que hacer algo para beneficiarme del fin del 'roaming'?
No, nada. Desde este jueves 15 de junio su operador dejará automáticamente de aplicar el cargo por itinerancia cuando viaje por los paíse mencionados. Lo que sí ocurrirá es que debe informarle sobre el final de los cargos y las condiciones en la que se le aplicará las nueva política y sus límites.
4.- ¿Cuáles son esos límites?
Sí, hay limites y conocerlos nos ayudará a evitar sorpresas.
El primero afecta a los gigas que podrá usar en el extranjero. Para saberlo tiene que dividir el precio de su tarifa sin IVA entre los gigas contratados. Si el resultado es mayor que 3,85 (la mitad del precio anual interoperadores por giga) no tiene limite. Pero si el resultado es menor entonces sí lo tendrá.
Para conocer este tope tiene que dividir el precio de su tarifa sin IVA entre 7,7 € (esta cifra es el precio máximo que su operador tiene que pagar al extranjero por 1 GB de datos cuando se encuentre en el extranjero y cada año este valor irá siendo menor) y el resultado multiplicarlo por 2. Lo que le dé es su límite de gigas en itinerancia. Tenga en cuenta que el tope solo se aplica a los datos consumidos en el extranjero, aquí no cuentan los usados en casa.
Sepa que tienen que informarle previamente de este límite y avisarle en el caso de que lo alcance.
El segundo afecta a lo que se denomina "uso razonable". Los límites amparados bajo este difuso concepto han cambiado a lo largo de los diez años de gestión de esta iniciativa. Hasta el año pasado las operadoras hablaban de un doble límite: no más de 30 días seguidos o 90 en un periodo de cuatro meses, pero la Comisión logró eliminarlo.
Ahora, lo que tiene que tener en cuenta es que no tendrá limitación si usa el servicio más tiempo en su país que en el extranjero. Si en cuatro meses es al revés, su operadora podría ponerse en contacto con vd. para aclarar esa situación. De no haber acuerdo, dispone de 14 días para cambiar su comportamiento porque de lo contrario pueden aplicarle recargos.
Con esta medida las operadoras han buscado evitar la picaresca de contratar en países con tarifas baratas para usarlas de forma continuada en países con precios más elevados.
5.- Llame sin miedo cuando viaje por la UE
Como lo oye, a partir de este jueves cuando viaje por la UE podrá usar su móvil como si estuviese en casa tanto para hacer llamadas como para recibirlas. La única limitación es la que impone la tarifa que
contrató en su día. Es decir que si tiene llamadas ilimitadas seguirá disfrutando de ellas en su viaje pero si solo tiene un bono de 100 minutos, este se mantendrá como tope sin facturar.
Lo que no está incluido son las llamadas desde fijos. El fin del 'roaming' solo afecta a las comunicaciones realizadas en itinerancia.
6.- ¿Cuánto pueden cobrarme si supero los límites?
Ya ha quedado claro que en condiciones normales su operadora no le cobrará nada por la itinerancia en un país de la UE diferente al suyo. Pero qué pasa si mi contrato no incluye llamadas ilimitadas ni mensajes
o me paso en el tráfico de datos. Pues que su compañía podrá cobrarle según estas tarifas:
3,2 céntimos de euro por minuto de llamada de voz realizada (+ IVA)
1 céntimo de euro por SMS (+ IVA)
7,7 euros por GB de datos (+ IVA). Lo que supone menos de 1 céntimo de euro por MB
7.- ¿Y si viajo de crucero o vivo en una zona con cobertura móvil de dos países?
En el caso de que disfrute de un viaje en barco, el fin de la itinerancia le beneficiará solo si se conecta a la red terrestre accesible cerca de la costa y en las condiciones ya descritas. Si ud. vive en una
zona fronteriza con cobertura de su operadora y la del país vecino solo se le pedirá que en algún momento del día acceda a través de su operadora nacional.
La misma norma se aplicará a quienes realicen un viaje de ida y vuelta durante uno o dos días a otro país de la UE.
8.- ¿Y si tengo una tarjeta prepago de llamadas, datos y SMS?
El fin del 'roaming' le asegura que en cuanto a los SMS y las llamadas se le seguirán cobrando como en casa y contra el saldo de su tarjeta prepago. En el caso del tráfico de datos el límite será el resultado
de dividir su saldo sin IVA al inicio de la itinerancia entre 7,7.