Qué es la ‘Ley rider’, otra de las reformas laborales de la Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz
Este jueves, el Congreso de los Diputados votó la Ley 'Rider', la prórroga de los ERTE y las ayudas a autónomos
La ley de los repartidores a domicilio obliga a las empresas a contratarlos en plantilla a partir de los 3 meses
Esta semana, Yolanda Díaz también ha presentado los nuevos 3 tipos de contratos: fijos, temporales y becarios
Esta semana, la vicepresidenta tercera del Gobierno y también Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha revolucionado el mercado de trabajo. Por un lado, con la presentación del borrador de la “reforma de la refora laboral”, que estipula que en España ya sólo habrá tres tipos de contratos: fijos, temporales (de no más de 12 meses) y becarios, por lo que desaparecerán, de ser aprobada la reforma, los contratos por obra y servicio.
Además de esta medida, que ha generado malestar entre los empresarios, Yolanza Díaz también ha defendido en el Congreso de los Diputados la denominada ‘Ley rider’, que acabaría con los litigios judiciales que han tenido algunas empresas de reparto a domicilio, como Deliveroo.
MÁS
La justicia tuvo que intervenir para que dejasen de pagar a sus repartidores como autónomos (el Tribunal Supremo dictó sentencia el pasado septiembre del año 2020), ya que, aunque tengan su moto propia o su itinerario, su trabajo está estrechamente ligado a los beneficios de la empresa.
Los repartidores formarán parte de la plantilla de la empresa
El decreto de la ‘Ley rider’ regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio por parte de las plataformas digitales y obliga a contratar a estos trabajadores como asalariados (en plantilla) en un plazo máximo de tres meses.
Afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats o Deliveroo.