Junqueras y Romeva saldrán de prisión tres días a la semana para trabajar
Pese a estar clasificados en segundo grado
Estarán en libertad seis horas
Este jueves a Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada en Barcelona, ha acordado concederles un permiso, al exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras, y el exconseller Raül Romeva, para salir de la cárcel tres días en semana para trabajar.
Pese a estar clasificados en segundo grado. Según ha informado la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima, les aplican el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que permite flexibilizar el régimen en la cárcel.
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La condena
Junqueras y Romeva, fueron condenados el 14 de octubre de 2019 a 13 y 12 años, respectivamente, por un delito de sedición por el Tribunal Supremo, podrán estar seis horas al día, tres días entre semana, fuera del centro penitenciario para acudir a trabajar.
Hasta ahora, habían obtenido el 100.2 el exconseller Quim Forn, con salidas de cinco días a la semana 12 horas y media para ir a trabajar; la exconsellera Dolors Bassa, tres días durante ocho horas para cuidar a un familiar, y el expresidente de la ANC y exdiputado de JxCat, Jordi Sànchez, que puede salir tres días 11 horas para voluntariado.
El 100.2 es de aplicación inmediata aunque es obligatoria su comunicación al juzgado de vigilancia penitenciaria, que informa a la Fiscalía para que fije su posicionamiento, y posteriormente el juez decide si lo ratifica o lo rechaza, una decisión que puede ser recurrida por el Ministerio Público, y que tiene como última instancia la Audiencia de Barcelona.
La Fiscalía se opone
La Fiscalía ya se ha posicionado respecto a la aplicación del 100.2 en el caso de Forn, Cuixart y Sànchez, oponiéndose a su concesión en los tres casos, ya que considera que se enmarca en un plan para otorgarles "de forma generalizada un régimen de semilibertad".
"En este plan, de otorgar de forma generalizada un régimen de semilibertad a todos los políticos condenados por la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 14 de octubre de 2019, es donde, sin duda, se encuentran las verdaderas razones de la concesión del régimen flexible al penado, y no en razones tratamentales", afirmó en el escrito en el que se oponía al de Forn.