Artur Mas condenado a devolver casi 5 millones de euros por la consulta del 9N

cuatro.com 12/11/2018 13:31

El Tribunal de Cuentas, que ha condenado al expresidente de la Generalitat de Cataluña Artur Mas y nueve de sus exconsellers a devolver a las arcas públicas 4,9 millones de euros gastados en la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014, considera que la ejecución de aquellos gastos no fue conforme a Derecho porque su destino era "financiar actividades ajenas a las competencias de la entidad pública y contrarios al ordenamiento jurídico".

La sentencia, difundida este lunes, es consecuencia del juicio por responsabilidad contable que celebró este tribunal los pasados 11 y 12 de octubre, cuando Mas y cuatro exconsellers declararon sobre las diversas partidas empleadas en el 9N, defendieron la legalidad de todos los procedimientos, argumentaron que los gastos eran previos a la declaración de inconstitucionalidad, que los contratos se paralizaron en cuanto ésta se comunicó y se abonaron los comprometidos.

Para el Tribunal de Cuentas, "no se cuestiona que los pagos realizados eran debidos a sus destinatarios, las empresas que prestaron los diferentes servicios a que se refiere la demanda" y tampoco si el proceso de contratación fue regular, porque la clave está en "si los bienes y servicios prestados y pagados se adquirieron y contrataron en atención a alguna finalidad pública comprendida en las competencias de la Generalitat de Cataluña".

"Es preciso atender a la finalidad a la que estaban dirigidos y valorar si dicha finalidad era una finalidad pública lícita comprendida en las competencias de la comunidad autónoma de Cataluña", explica el Tribunal, que descarta este extremo: "Se trata de gastos desconectados de cualquier finalidad pública que lícitamente pudiera perseguir la Generalidad".

La sentencia se detiene en los dos contratos que en el juicio, donde el resto de partidas objeto de la demanda sí se reconocieron como sujetas al 9N, quedaron en discusión: La compra de 7.000 ordenadores portátiles que se estrenaron en los centros de votación -aulas públicas de secundaria-- y después se entregaron al sistema educativo, y la puesta en marcha de un centro de prensa el 9N que según los demandados, obedecía a la gran expectación por la jornada.

¿Ordenadores para las escuelas? No, eran para la consulta

Sobre los portátiles, el Tribunal descarta la tesis esgrimida por la defensa de Mas y sus exconsellers durante el juicio de que los ordenadores se adquirieron para afrontar necesidades sobrevenidas del sistema educativo y que, ya que estaban a disposición de la Generalitat, antes de entregarlos a las aulas se utilizaron para la consulta y después, fueron a su destino, lo que habría reparado el daño en caso de haberlo.

"La necesidad de los 7.000 ordenadores para que pudiera realizarse la votación del 9N está sobradamente acreditada. No puede considerarse acreditado, por el contrario, que fueran necesarios para los centros educativos (*) Lo único que consta es una decisión precipitada, no apoyada en solicitud alguna ni en informes o estudios previos, que únicamente puede explicarse por respuesta a la necesidad de disponer urgentemente de 7.000 ordenadores para el proceso participativo", dice la sentencia.

En cuanto al centro de prensa, dice que, "no se trataba únicamente de facilitar el trabajo de los medios de comunicación en la cobertura de un hecho de relevancia informativa, sino de contribuir positivamente al éxito de los fines pretendidos por la convocatoria procurando que la votación alcanzara la mayor difusión posible". Entiende el Tribunal de Cuentas, de este modo, que "fue una actuación vinculada al proceso de participación ciudadana y se encontraba entre las actividades afectadas por la providencia de suspensión cautelar dictada por el Constitucional", así que "los pagos con fondos públicos" que se hicieron para sufragarlo, están "carentes de justificación"

CASI CINCO MILLONES DE EUROS

En total, el Tribunal de Cuentas cuantifica en 4,9 millones de euros el gasto público en el 9N, el dinero que deberán abonar de forma solidaria los 10 condenados teniendo Artur Mas la principal responsabilidad. En la sentencia, detalla partida a partida como los 74,05 euros que se gastaron en registrar la página web de la consulta o los 806.403,52 euros de los pagos para la campaña de publicidad institucional.

En lo que respecta al material empleado en la jornada de votación, los magistrados estiman que el gasto fue de 143.738,54 euros y que "el daño causado a los fondos de la Generalitat" por la adquisición de los ordenadores y su traslado a los centros de votación ascendió a 2.800.735,13 euros. También calculan que la ampliación del contrato de seguro para incluir a los voluntarios que trabajaron el día de la consulta costó 1.409,26 euros.

El tribunal ciñe los gastos generados por la elaboración del soporte informático para celebrar la votación a 698.685,15 euros correspondientes a la factura que presentó el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI) a la Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalitat. El envío de correo postal a los catalanes se estima en 307.962,71 euros, mientras que el gasto para el centro de prensa para la cobertura de la consulta ascendió a 144.244 euros.

Los magistrados incluyen también en los gastos del 9-N unos contratos menores referentes a "trabajos de conceptualización de la idea creativa correspondiente a una campaña informativa" sobre la votación, así como la producción, realización, grafismo, montaje, estudio de sonido y voz en off de las piezas necesarias para la campaña publicitaria. Todo ello contratado por el Departamento de Gobernación y calculado en 21.767,90 euros.

La sentencia, difundida este lunes, es consecuencia del juicio por responsabilidad contable que celebró este tribunal los pasados 11 y 12 de octubre, cuando Mas y cuatro exconsellers declararon sobre las diversas partidas empleadas en el 9N, defendieron la legalidad de todos los procedimientos, argumentaron que los gastos eran previos a la declaración de inconstitucionalidad, que los contratos se paralizaron en cuanto ésta se comunicó y se abonaron los comprometidos.

Para el Tribunal de Cuentas, "no se cuestiona que los pagos realizados eran debidos a sus destinatarios, las empresas que prestaron los diferentes servicios a que se refiere la demanda" y tampoco si el proceso de contratación fue regular, porque la clave está en "si los bienes y servicios prestados y pagados se adquirieron y contrataron en atención a alguna finalidad pública comprendida en las competencias de la Generalitat de Cataluña".

"Es preciso atender a la finalidad a la que estaban dirigidos y valorar si dicha finalidad era una finalidad pública lícita comprendida en las competencias de la comunidad autónoma de Cataluña", explica el Tribunal, que descarta este extremo: "Se trata de gastos desconectados de cualquier finalidad pública que lícitamente pudiera perseguir la Generalidad".

La sentencia se detiene en los dos contratos que en el juicio, donde el resto de partidas objeto de la demanda sí se reconocieron como sujetas al 9N, quedaron en discusión: La compra de 7.000 ordenadores portátiles que se estrenaron en los centros de votación -aulas públicas de secundaria-- y después se entregaron al sistema educativo, y la puesta en marcha de un centro de prensa el 9N que según los demandados, obedecía a la gran expectación por la jornada.

Los portátiles no eran para las aulas

Sobre los portátiles, el Tribunal descarta la tesis esgrimida por la defensa de Mas y sus exconsellers durante el juicio de que los ordenadores se adquirieron para afrontar necesidades sobrevenidas del sistema educativo y que, ya que estaban a disposición de la Generalitat, antes de entregarlos a las aulas se utilizaron para la consulta y después, fueron a su destino, lo que habría reparado el daño en caso de haberlo.

"La necesidad de los 7.000 ordenadores para que pudiera realizarse la votación del 9N está sobradamente acreditada. No puede considerarse acreditado, por el contrario, que fueran necesarios para los centros educativos (*) Lo único que consta es una decisión precipitada, no apoyada en solicitud alguna ni en informes o estudios previos, que únicamente puede explicarse por respuesta a la necesidad de disponer urgentemente de 7.000 ordenadores para el proceso participativo", dice la sentencia.

El Tribunal de Cuentas añade sobre este asunto que su entrega posterior a las aulas "no reportó provecho alguno a la Generalitat de Cataluña pues no cabe considerar provechosa para una entidad pública la mera entrega de bienes que no resultan necesarios" y, en este caso, "consta acreditado que en el momento de su adquisición no existía la necesidad de aumentar en 7.000 el número de ordenadores". Así, la entrega "no eliminó el daño causado a los fondos públicos autonómicos". En cuanto al centro de prensa, dice que, "no se trataba únicamente de facilitar el trabajo de los medios de comunicación en la cobertura de un hecho de relevancia informativa, sino de contribuir positivamente al éxito de los fines pretendidos por la convocatoria procurando que la votación alcanzara la mayor difusión posible".

Entiende, de este modo, que "fue una actuación vinculada al proceso de participación ciudadana y se encontraba entre las actividades afectadas por la providencia de suspensión cautelar dictada por el Constitucional", así que "los pagos con fondos públicos" que se hicieron para sufragarlo, están "carentes de justificación"

En total, el Tribunal de Cuentas cuantifica en 4,9 millones de euros el gasto público en el 9N, el dinero que deberán abonar de forma solidaria los 10 condenados teniendo Artur Mas la principal responsabilidad. En la sentencia, detalla partida a partida como los 74,05 euros que se gastaron en registrar la página web de la consulta o los 806.403,52 euros de los pagos para la campaña de publicidad institucional.

En lo que respecta al material empleado en la jornada de votación, los magistrados estiman que el gasto fue de 143.738,54 euros y que "el daño causado a los fondos de la Generalitat" por la adquisición de los ordenadores y su traslado a los centros de votación ascendió a 2.800.735,13 euros. También calculan que la ampliación del contrato de seguro para incluir a los voluntarios que trabajaron el día de la consulta costó 1.409,26 euros.

El tribunal ciñe los gastos generados por la elaboración del soporte informático para celebrar la votación a 698.685,15 euros correspondientes a la factura que presentó el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI) a la Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalitat. El envío de correo postal a los catalanes se estima en 307.962,71 euros, mientras que el gasto para el centro de prensa para la cobertura de la consulta ascendió a 144.244 euros.

Los magistrados incluyen también en los gastos del 9-N unos contratos menores referentes a "trabajos de conceptualización de la idea creativa correspondiente a una campaña informativa" sobre la votación, así como la producción, realización, grafismo, montaje, estudio de sonido y voz en off de las piezas necesarias para la campaña publicitaria. Todo ello contratado por el Departamento de Gobernación y calculado en 21.767,90 euros.

El expresidente de la Generalitat ha cargado contra la sentencia del Tribunal de Cuentas que le obliga a él y nueve exmiembros de su Govern a abonar a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros por la organización del proceso participativo del 9 de noviembre de 2014, y ha anunciado que recurrirá a la sala de apelaciones.

En un comunicado de su oficina de expresidente, Mas ha criticado que la decisión conocida este lunes "se encuentra muy lejos de la imparcialidad y pretende ser un escarmiento" para los que organizaron el 9N y un aviso para navegantes, ha añadido.

"Es una aberración jurídica que vulnera la propia jurisprudencia del Tribunal de Cuentas", ha valorado el expresidente catalán, que ha asegurado que los gastos de la consulta fueron legales, que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) descartó malversación y que la Generalitat no ha expresado sentirse perjudicada económicamente.

El Tribunal de Cuentas ha declarado responsables de los gastos de fondos públicos que generó la consulta a Mas, al exconseller de Presidencia Francesc Homs, a la exvicepresidenta Joana Ortega, y a al exconsellera de Enseñanza Irene Rigau. También al exsubdirector de Servicios de Governación Luis Beltrán; a la exdirectora de Servicios de Gobernación Josefina Valls; al exdirector de Difusión de la Generalitat Jordi Vilajoana; al exdirector del Diari Oficial de la Generalitat (Dogc) Jaume Domingo, y al responsable actual de Medios, Ignasi Genovès.