"El Gobierno central podría sustituir a las autoridades catalanas por otras, suspender el ejercicio de sus competencias o a sus mandos policiales", entre otras muchas medidas, si decide aplicar al artículo 155 de la Constitución española, explica Muñoz Machado.
Para que el Gobierno de Mariano Rajoy pueda aplicarlo se debe dar la circunstancia de que una comunidad autónoma incumpla la legalidad vigente. Dadas esas circunstancias, el citado artículo es un "cajón de sastre" que permite al Ejecutivo "hacer prácticamente todo".
Y es que el 155 se limita a hablar de "medidas necesarias". Reza así:
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
No obstante, el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid, advierte que la posibilidad de que el ejército intervenga en Cataluña no viene recogido en el citado artículo de la Constitución.
Para ello, estarían los artículos 8 y 116, explica Muñoz Machado. El primero afirma que "las Fuerzas Armadas tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional".
El 116 regula el estado de sitio y dice que este "será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno".