Los padres que se hayan desgravado pagos dedicados a la formación de sus hijos y que no puedan ser considerados donaciones no podrán desgravarse esas cantidades. No es una novedad, pero el Gobierno quiere acabar con la práctica de que las donaciones sean en realidad pagos por estudiar en la concertada. La regularización se produce, como ha señalado la ley, solo cuando se detecta una contraprestación por ese pago, es decir, cuando el supuesto donativo financia una actividad ordinaria del colegio que repercute en el alumno. "En este caso no es un donativo y se elimina la deducción en el IRPF", subrayan desdes Gestha. Lo que sí se puede desgravar, añaden desde Hacienda, son los donativos que se hacen a fundaciones de los colegios concertados que realmente sean tales.
Las administraciones han pasado hasta ahora de puntillas ante el cobro de las cuotas obligatorias de los centros concertados en España por la enseñanza en contra de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación en España. Este tipo de actuaciones han sido denunciadas por la Confederación Española de Asociaciones de padres y madres del alumnado (CEAPA) y algunos padres que, tras negarse a hacer estos pagos en teoría voluntarios, han visto cómo "excluyen a sus hijos de las actividades o los mandan a otra clase con o sin atención".
A pesar del revuelo informativo, Carlos Cruzado, Presidente del Sindicato de Técnicos de Hacienda subraya que "no ha habido ningún cambio de criterio y surge como consecuencia de una contestación a un diputado de Ciudadanos, pero la noticia es de finales de octubre 2018 cuando los asesores fiscales lo trataron en su Congreso. De hecho, este funcionario público de la Agencia Tributaria aclara que "no hay ninguna campaña, sino que dónde se van detectando que se está dando esta situación en la que no existe una donación se exige la devolución. Se están realizando declaraciones complementarias, pero no se está sancionando a nadie."
La mayor parte de los centros concertados los hacen pasar como donativos, pero la voluntad no existe. Son pagos obligatorios que los padres no pueden evadir y que, sin embargo, son irregulares, porque ya estos colegios reciben subvenciones del Estado. Lo confirma, Carlos Cruzado, Presidente del Sindicato de Técnicos de Hacienda.
La ministra hoy insistía que se trata "de casos puntuales, aunque a medida que se van viendo, parece que puede haber muchos casos que no se corresponde con una donación se pide la devolución. Esto no quiere decir que todos los centros concertados apliquen esa cuota, ni que todos los padres la paguen, pero existen y es algo que se viene denunciando desde hace tiempo por parte de algunas organizaciones que exigen la regulación del concierto por una educación que ya está subvencionada."
Hacienda no está dedicando ninguna revisión especial, ni "hay ninguna campaña diseñada para esto", aunque claro, al tener esta repercusión los padres que lo están haciendo quizá se lo replanteen", explica Cruzado.
Lo habitual es que los propios centros concertados manden los datos de los padres a Hacienda y pasen como donativos estos pagos que no están exentos del IRPF y que es una irregularidad. Sin embargo, aclara este experto que la responsabilidad de la aplicación de la norma tributaria es del contribuyente", aunque "el certificado que reciben los padres por estos pagos lo emiten estos centros y fundaciones ".
Las irregularidades fiscales prescriben a los cuatro años por lo que Hacienda en caso que la detecte "podría exigir una declaración complementaria las correspondientes desde 2015".
¿Cuánto dinero los padres infractores tendrían que devolver y desde cuándo? Los padres con la normativa de las donaciones pueden deducirse "un 75% para los primeros 150 euros pagados en estas cuotas obligatorias y un 30% para el resto, con posibilidades de llegar al 35% si este pago se realiza durante tres años seguidos".
En España hay más de dos millones de alumnos que acuden a centros concertados. Hablar de las cuantías que tendrían que devolver los padres infractores, es difícil hacer cálculos porque estos importes varían de acuerdo a los centros, a las comunidades. "Algunos informes hablan de una media de 150 euros por hijo, si esta media lo multiplicamos por 10 que son los meses lectivos. Estaríamos hablando de 600 euros por ejercicio fiscal".
Escuelas Católicas (EC), la organización de agrupa a la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza-Titulares de Centros Católicos (FERE-CECA) y de Educación y Gestión (EyG), ha recordado que "no se ha producido ninguna modificación de la Ley 49/2002 de Mecenazgo", y que la Agencia Tributaria ha admitido las deducciones de donaciones realizadas por padres en colegios concertados "con carácter general desde hace 20 años".
La organización ha subrayado que "siempre que cumplan los requisitos previstos en dicha Ley (voluntariedad y sin exigencia de contraprestación), dichas aportaciones voluntarias pueden ser objeto de desgravación fiscal por parte de los donantes".
Escuelas Católicas ha solicitado "prudencia". "Tanto fuentes del Ministerio de Educación como de Hacienda a las que hemos tenido acceso, señalan con claridad que las actuaciones de Hacienda se han restringido a casos aislados, y no estamos ante ningún aviso oficial de la Agencia Tributaria que afecte a la generalidad de los padres que ha elegido la enseñanza concertada y efectúa donaciones. La respuesta del Gobierno a la consulta de un grupo parlamentario se limita a recordar los preceptos legales en vigor", ha argumentado.