La multa impuesta en virtud de lo establecido en la Ley de Carreteras sanciona la negligencia de las empresas en la prestación de servicios a los usuarios, con consecuencias graves para la circulación, debido a la insuficiencia de los medios necesarios para asegurar la circulación de los vehículos, la inadecuada gestión de las restricciones del tráfico y de la transmisión de la información a los usuarios, durante los días 5 a 8 de enero de 2018, en las autopistas AP-6, AP-51 y AP-61".
Fomento ha recordado, además, que el Gobierno acaba de aprobar un nuevo régimen sancionador para estos casos que multiplica por veinte esta multa máxima. Esta se suma a la de 1.200 euros que en mayo ya impuso a las filiales de Abertis la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas.
Las autopistas afrontarán a partir de ahora multas de hasta 300.000 euros si se registran cortes en las vías de más de dos horas de duración dentro de un mismo día. Esto es lo que establece el Real Decreto Ley aprobado recientemente por el Consejo de Ministros y que será convalidado el próximo jueves 22 de noviembre en el Congreso.
Las nuevas multas también se aplicarán cuando, "por falta de previsión", incumplan los planes operativos que deben tener listos para actuar ante situaciones meteorológicas adversas o no cuenten con los medios necesarios para hacerlas frente. Asimismo, también habrá sanciones cuando no faciliten información adecuada a los conductores o no adopten las medidas oportunas para regular el tráfico.
Esta nueva normativa considera que dichos supuestos constituyen un "perjuicio significativo" para los usuarios de la vía con lo que pasan a considerarse infracciones muy graves, en vez de infracciones graves como hasta ahora.