El nuevo bono social eléctrico amplía el anterior -vigente desde 2017- a familias monoparentales, a personas en situación de dependencia y las rentas más bajas. Las familias numerosas, como hasta ahora, pueden acogerse todas independientemente de su nivel de renta.
En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, ha destacado que el objetivo de esta nueva norma es ofrecer cobertura a los consumidores vulnerables durante los próximos meses de invierno "mientras se construye una Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética".
PROHIBIR EL CORTE DE LUZ
El real decreto-ley hace extensiva esta medida de prohibir el corte de luz, considerado un suministro esencial, también para los hogares donde resida al menos una persona con un nivel de discapacidad del 33% o superior. De igual modo, se aplicará cuando viva en la vivienda al menos una persona en situación de dependencia en grado II y III.
Estas circunstancias, que deberán evaluarse y acreditarse mediante certificados expedidos por los servicios sociales, no estaban contempladas en la anterior regulación del bono social eléctrico que aprobó hace casi un año el Gobierno de Mariano Rajoy.
FAMILIAS MONOPARENTALES
Más allá, para el objetivo de que más familias monoparentales puedan acceder al bono social, se han establecido criterios de renta específicos para estos colectivos, más susceptibles al riesgo de pobreza energética, especialmente en el caso de las mujeres, considerando que el 85% de los hogares monoparentales tienen al frente a una madre.
De este modo, el umbral de renta máximo para que una familia monoparental pueda acceder al bono social se incrementará en 0,5 veces el IPREM respecto al de las familias biparentales.
INCLUIR EL CRITERIO RENTA TAMBIÉN A LAS FAMILIAS NUMEROSAS EN EL FUTURO
Continuando en esta línea, la ministra para la Transición Ecológica también ha explicado que dentro de la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética que el Gobierno prevé presentar seis meses después de la entrada de esta normativa, se podrían revisar los criterios actuales para que la renta "sea un elemento determinante para todos los colectivos potencialmente afectados", algo que, por ejemplo, no sucede con el actual modelo para las familias numerosas, que tienen derecho al bono social eléctrico por el simple hecho de serlo.
En lo que respecta a los límites de consumo de energía con derecho a descuento, la nueva normativa amplía un 15% con el objetivo de compensar los incrementos de precios y acercarse más a los consumos reales de los hogares más vulnerables.
CÁLCULO DEL CONSUMO FLEXIBLE
Asimismo, el cómputo de consumo anual con derecho a descuento que se liquidaba cada mes se flexibiliza. Así, ahora la energía con derecho a descuento no consumida un mes, puede utilizarse en otro momento, con lo que se facilita también la protección de los hogares durante los meses de mayor consumo, que suelen corresponderse con los de temperaturas más bajas.
PLAZO PARA RENOVAR EL BONO AMPLIADO: HASTA EL 31 DE DICIEMBRE
Además, la norma también prorroga hasta el próximo 31 de diciembre el plazo para renovar el bono social eléctrico a aquellos consumidores que estuvieran acogidos al bono social antiguo, que expiraba este 8 de octubre.
NUEVO BONO SOCIAL TÉRMICO
Dentro de las novedades, el Ejecutivo también ha creado un nuevo bono social térmico. A él podrán acogerse los hogares que sean beneficiarios del bono social eléctrico a fecha de 31 de diciembre, y se trata de una ayuda económica directa para que los hogares vulnerables puedan hacer frente a sus gastos de calefacción, agua caliente o cocina este invierno, con independencia del combustible que utilicen.
El importe de esta ayuda dependerá de la cantidad que se consigne cada año en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y del número de beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre y su cuantía dependerá de la condición de consumidor vulnerable o vulnerable severo, y de la zona climática donde esté ubicada la localidad en la que reside el beneficiario.
A modo de referencia, con un presupuesto de 100 millones de euros, y si el número de beneficiarios del bono eléctrico a 31 de diciembre fuera de 1,5 millones, las cuantías del bono oscilarían entre un mínimo de 25 euros (para el consumidor vulnerable en zona cálida) y un máximo de 130 euros (para el consumidor vulnerable severo en zona muy fría), señala el Ministerio.
LAS COMERCIALIZADORAS PODRÁN SER MULTADAS CON HASTA 60 MILLONES
Más allá, el Gobierno ha anunciado que endurece las medidas sancionadoras a las empresas comercializadoras, que gestionan y financian el bono social. Por ejemplo, aquellas que impongan injustificadamente condiciones, dificultades o retrasos en relación con la tramitación de las solicitudes podrían ser sancionadas con multas de hasta 60 millones de euros, en el caso de infracciones muy graves.
En este sentido, el real decreto-ley también contiene medidas dirigidas a incrementar la protección del conjunto de consumidores de electricidad, lo que permitirá optimizar la contratación de este suministro y reducir la factura eléctrica.
Así, si se dispone de contador digital, se podrá contratar la potencia en múltiplos de 0,1 para ajustarla con exactitud a las necesidades de consumo, frente a los actuales escalones de contratación de potencia eran de 1,1 kilovatios (kW).
AHORROS EN LA FACTURA CON EL CAMBIO DE POTENCIA
Considerando que en el último trimestre de 2017 casi el 40% de los hogares tenía una potencia contratada entre los 4 y los 6 kW, existe un margen para el ajuste y, por tanto, para el ahorro y la eficiencia en el consumo. Por ejemplo, un cambio de potencia de 0,5 kW - de 4,6 a 4,1 kW- podría suponer un ahorro en la factura anual de 26 euros en un hogar tipo, en el que vivan cuatro personas, estima el Ministerio.
Además, en cada período de facturación, las comercializadoras deberán incluir en la factura de cada consumidor que tenga contratado el PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor) el importe al que hubiera ascendido de haberse aplicado una tarifa con discriminación horaria a las que puede acceder.
En este caso, son dos las posibles: tarifas con precios de la electricidad dividido en dos tramos, punta y valle; o en tres tramos, punta, valle y supervalle.
En la actualidad, tan sólo en torno a 660.000 de los 11,1 millones de usuarios con tarifa de precio regulado se acogen a tarifas con discriminación horaria, mientras que, según expertos, el mero cambio puede generar un ahorro que, en muchos casos, pueden superar los 20 euros anuales, pudiendo ser aún mayor si se adoptan hábitos de consumo eficiente.
PROHÍBE ACCIONES COMERCIALES A TRAVÉS DE VISITAS DOMICILIARIAS
La normativa también prohíbe a las comercializadoras eléctricas y a las de gas natural, realizar acciones de publicidad o contratación de sus productos a través de visitas domiciliarias, el denominado sistema 'puerta a puerta', salvo que la visita fuera solicitada expresamente por el consumidor.
De igual modo, se regulan los términos en los que las comercializadoras de energía eléctrica podrán acceder a los datos de consumo y potencia contratada de los consumidores para que puedan ofrecerles mejoras en la gestión de su demanda, optimización de la contratación del suministro o la adopción de medidas de eficiencia energética.
Además, se permite la inhabilitación directa de las comercializadoras que realicen prácticas fraudulentas en el mercado mayorista, entre ellas, el incumplimiento de las obligaciones de compra de energía en los mercados diario e intradiarios, que hasta ahora debían ser sancionadas con carácter previo a la inhabilitación.