Cómo hacer frente a la subida del alquiler: ayudas que puedes conseguir
“No son ayudas tan universales como lo fue en su momento la Renta Básica de Emancipación del Gobierno Zapatero, por ejemplo, a la que tenían derecho gran parte de los inquilinos jóvenes”, señala Irene Sabaté del Sindicat de Llogaters de Barcelona. Además, apunta, “nos parece que representan una transferencia de recursos públicos a manos privadas, las de los arrendadores, dado que estos pueden verse tentados (y de hecho así ocurrió con la RBE) de sumar el importe de la ayuda al precio que piden por el inmueble, anticipando que su inquilino tendrá acceso a la ayuda”.
El Plan de Vivienda estatal para el período 2018-2021 cuenta con una aportación del Ministerio de Fomento de 1.373 millones, de los que el pasado agosto ya se hizo una primera transferencia de 137 millones a las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. El resto se irán formalizando paulatinamente durante los años que el plan este en vigor.
De esta cantidad prevista, más de 531 millones irán destinados a programas de ayuda al alquiler de viviendas y son las Comunidades Autónomas las que gestionan las ayudas al alquiler de vivienda. Además, las administraciones autonómicas se comprometen a cofinanciar el Plan con 396,62 millones, algo más de una quinta parte (el 22,4%) de la dotación global de 1.770,25 millones para las ayudas de los programas del Plan.
¿Quién puede pedir estas ayudas?
Las ayudas pueden ser solicitadas por todo el mundo, pero deben cumplirse unos requisitos para que se concedan. Y el principal es el de las ganancias anuales: solo las personas que ganen menos de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), el principal índice de referencia para solicitar ayudas, unos 22.255 euros /anuales en 14 pagas, pueden pedir las ayudas.
En segundo lugar, también es requisito no tener una casa en propiedad en España.
A partir de ahí, los requisitos son distintos según la edad:
-Los menores de 35 años podrán pedir una ayuda de hasta el 50% del alquiler mensual siempre que no supere los 600 euros. En Madrid o Barcelona, donde los alquileres son más altos, el límite es de 900 euros, pero la subvención se reduce al 30% de la renta mensual en el tramo entre 601 y 900 euros. La vivienda, además, debe ser la residencia habitual durante el tiempo que dura la ayuda, que son tres años.
-Los mayores de 65 años pueden pedir una ayuda de hasta el 50% de la renta mensual, pero su patrimonio no debe superar los 100 000 euros, además de los requisitos generales.
-Para los que están entre los 35 y los 65 años: la ayuda se limita al 40% de la renta mensual siempre que no exceda los 600 euros. Al igual que ocurre para los menores de 35 años, en Madrid y Barcelona, donde el alquiler está más caro, el límite es de 900 euros, pero la subvención se reduce al 30% de la renta mensual en el tramo entre 601 y 900 euros. La vivienda, además, debe ser la residencia habitual durante el tiempo que dura la ayuda, que son tres años.
También hay ayudas para otros colectivos como familias con características especiales o desahuciados:
-Los desahuciados, podrán optar a ayudas de hasta 400 euros mensuales para pagar la renta del alquiler, que no podrá exceder esa cifra por lo que la subvención podría alcanzar el 100%, según el caso, durante un plazo de hasta tres años.
- Las familias numerosas o con algún miembro con una discapacidad de al menos el 33% tendrán derecho a recibir la ayuda si los ingresos son menores a cuatro veces el IPREM, unos 30.078 euros anuales. Este límite sube a 37.598 euros para las familias numerosas especiales, esto es, con cuatro hijos o más, y las que tienen miembros con una discapacidad severa.
Para solicitar las ayudas, hay que acudir a las consejerías de vivienda de la comunidad en la que residas.