El juez ha condenado a José Diego Yllanes a 12 años y 6 meses de prisión por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad por el crimen de Nagore Laffage, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. El juez considera las atenuantes de reparación del año y de embriaguez leve.
El juicio por la muerte de Nagore Laffage se celebró en la Audiencia Provincial de Navarra entre el 2 y el 10 de noviembre. El pasado viernes, día 3, un jurado popular, compuesto por seis mujeres y tres hombres, dio a conocer el veredicto, que consideraba a Yllanes autor de un delito de homicidio y consideraba cuatro atenuantes, reparación del año, confesión, embriaguez y arrebato u obcecación.
En la sentencia, se contemplan los atenuantes de reparación del daño y embriaguez leve, aunque se desestiman los de arrebato y confesión del delito, que también habían sido tenidos en cuenta por el jurado.
En línea con la Fiscalía
El Ministerio Fiscal solicitó 12 años y 6 de meses para el procesado e indemnizaciones de 120.000 euros para cada uno de los padres y de 80.000 euros para el hermano. La defensa, por su parte, pidió siete años de prisión y la absolución del delito de profanación de cadáveres.
La acusación particular solicitó 15 años de prisión por el delito de homicidio, así como 5 meses por un delito de profanación de cadáveres, la misma pena que solicitan el resto de acusaciones, salvo la del Ayuntamiento de Pamplona, que no pide los 5 meses por el delito de profanación de cadáveres.
La muerte por estrangulamiento de la joven irunesa tuvo lugar durante los Sanfermines del año pasado, en la mañana del 7 de julio, en el domicilio de José Diego Yllanes, quien posteriormente trasladó el cadáver hasta la localidad de Sorogáin junto a varios efectos personales de la víctima, que dejó en un paraje, cerca del cual fue finalmente encontrado el propio acusado.